SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0801/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0801/2019-S4

Fecha: 12-Sep-2019

Fragmento 9

           Conforme al art. 178.I de la CPE: “La potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de independencia, imparcialidad, seguridad jurídica, publicidad, probidad, celeridad, gratuidad, pluralismo jurídico, interculturalidad, equidad, servicio a la sociedad, participación ciudadana, armonía social y respeto a los derechos”; y, según el art. 180.I de la citada Norma Suprema: “La jurisdicción ordinaria se fundamenta en los principios procesales de gratuidad, publicidad, transparencia, oralidad, celeridad, probidad, honestidad, legalidad, eficacia, eficiencia, accesibilidad, inmediatez, verdad material, debido proceso e igualdad de las partes ante el juez”, de donde se tiene que la función jurisdiccional, no puede desmarcarse de los principios constitucionales, pues de hacerlo se estaría incumpliendo la materialización de la Ley Fundamental.