SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0818/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0818/2019-S2

Fecha: 17-Sep-2019

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante, alega la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus elementos congruencia, motivación y valoración de la prueba; y, al trabajo y remuneración, toda vez que los Vocales demandados emitieron la Resolución 292/2017 de 5 de octubre en cumplimiento de la SCP 0847/2017-S2, declarando admisible e improcedente el recurso de apelación interpuesto por el accionante, confirmando la Resolución 85/2016 de 27 de mayo que rechazó la regulación de honorarios profesionales y planilla de costas y dispuso el archivo de obrados, resolución que a decir del accionante fue emitida con insuficiente motivación, incongruencia y sin valorar documentos como el Testimonio 116/2008 que establece que las vendedoras asumen las responsabilidades emergentes de la defensa legal de sus ejecutivos por los actos ejecutados con anterioridad a su suscripción, señalando de manera arbitraria e ilegal, entre otros aspectos, que no se encuentra pendiente la sustanciación de la regulación de honorarios o elaboración de planilla de costas, sino cuál es el monto a regular, regulación que debe ir en respeto y resguardo al principio de legalidad; por lo que observando los arts. 34 y 39 de la Ley 1178 y 52 del DS 23215 que establecen la improcedencia de costas a entidades propias del Estado, al ser PETROBRAS BOLIVIA INVERSIONES Y SERVICIOS S.A. una entidad pública y/o estatal de acuerdo a los DS 28701 y 29128, no puede imponérsele costas; y, la Sentencia no impuso costas al querellante que si bien a través del Auto complementario 125/2003 se impuso costas, el mismo fue dejado sin efecto por Auto de Vista 133/2004.