Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0819/2019-S4
Fecha: 12-Sep-2019
II.5.
II.5. A través de escrito de 10 de mayo de 2019, la accionante reiteró su solicitud de que se fije día y hora de audiencia para resolver la suspensión condicional de la pena (fs. 18); mereciendo el proveído de 11 de igual mes y año, por el cual se fijó audiencia para el 30 del mes y año antes indicados (fs. 18 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La celeridad en las actuaciones vinculadas con la libertad personal y la acción de libertad de pronto despacho
- el tratamiento a darse a las peticiones en las que se encuentre de por medio el derecho a la libertad física, entre ellas, la solicitud de suspensión condicional de la pena, debe ser inmediato y oportuna, ya que el no actuar de esa manera, provocaría una restricción indebida a este derecho
- III.2. Análisis del caso concreto
- suspensión condicional del proceso
- CONFIRMAR