SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0850/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0850/2019-S2

Fecha: 17-Sep-2019

b)

b) En cuanto al segundo agravio, el recurso describe, -Que la autoridad ad quo no daría curso a lo solicitado, esto respecto a la minuta traslativa suscrita el 24 de agosto de 1999 y el ahora apelante menciona que el precio de este bien inmueble nunca habría sido pagado-; aspecto sobre el que el Auto de Vista 10/2017, expresó en el mismo “CONSIDERANDO IV.-”, numeral 5) de la Resolución que se examina (fs. 1726 y vta.), de manera puntual la Resolución hace referencia a que el tema ya habría sido resuelto en su oportunidad, efectuando la cita de  parte de la Resolución que se refiere al hecho de que este reclamo ya habría sido dilucidado anteriormente, por la Jueza de la causa e incluso  en apelación a través del Auto de Vista pertinente; consideraciones que la Sala considera acertados y solventes.