SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0887/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0887/2019-S1

Fecha: 12-Sep-2019

II.1.

II.1.           Por Sentencia 6/09 de 25 de agosto de 2009, el Juez de Sentencia Tercero de Montero de la Provincia Obispo Santiestevan del departamento de         Santa Cruz, declaró a Alberto Pozo Vedia –hoy accionante–, autor de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado y estafa, previstos en los arts. 198, 199, 203 y 335 del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión a cumplirse en el Centro Penitenciario de Palmasola del citado departamento; con relación a Eduardo Chambi Aguilar, se lo declaró cómplice del delito de estafa previsto en el art. 335 del referido Código, condenándolo a una pena de reclusión de dos años, y al amparo del art. 368 del CPP declaró en su favor el perdón judicial; en grado de apelación, mediante Auto de Vista 78/2013 de 16 de mayo, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró admisible e improcedente el recurso de apelación restringida planteado por Alberto Pozo Vedia, siendo notificado el 19 de junio de 2013; por lo que, una vez devuelto el expediente al Juzgado de origen, mediante decreto de 2 de agosto de 2013, se declaró la ejecutoria de la referida sentencia (fs. 637 a 641; 644; y 744, y vta.; y, 386 a 388 vta. de los anexos).