Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0917/2019-S1
Fecha: 12-Sep-2019
II.5.
II.5. A través de memorial de 21 de mayo de 2019, Ademar Mamani Pérez, hoy accionante, pone a conocimiento del Tribunal de Sentencia Penal Primero, Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Caranavi del departamento de La Paz, que habiéndose remitido el cuaderno de acusación ante la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dicha instancia observó la ausencia del cumplimiento de formalidades procesales, respecto a la falta de notificación a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia y a la parte acusada (fs. 12 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- la acción de libertad innovativa
- permite al agraviado o víctima de la vulneración acudir a la instancia constitucional pidiendo su intervención con el propósito fundamental de evitar que, en lo sucesivo, se reiteren ese tipo de conductas por ser reñidas con el orden constitucional
- la acción de libertad innovativa, tiene la misión fundamental de evitar que en el futuro se repitan y reproduzcan los actos contrarios a la eficacia y vigencia de los derechos a la vida, la libertad física y de locomoción
- Fragmento 13
- pueden ser demandados en acciones tutelares en tres supuestos, cuando:
- III.3.1. Con relación a los Jueces Técnicos
- III.3.2.
- Fragmento 17
- CONFIRMAR
- 2° Exhortar