SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0919/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0919/2019-S1

Fecha: 12-Sep-2019

a)

El peticionante de tutela a través de su abogado ratificó el contenido de su memorial de acción de libertad y ampliándolo señaló: a) A tiempo de disponer la cesación a la detención preventiva, la Juez a quo aplicó la SCP 0001/2019-S2, estableciendo que el riesgo procesal del art. 234.8 del CPP, consiste en demostrar los antecedentes del imputado a través de una sentencia condenatoria, y habiendo presentado el certificado de REJAP, se realizó una interpretación bajo el principio de favorabilidad; b) El Auto de Vista impugnado, no otorgó el efecto vinculante y obligatorio previsto en el art. 203 de la CPE y 15.II del Código Procesal Constitucional (CPCo) a la SCP 0001/2019-S2; asimismo, no se tiene una clara fundamentación y motivación, solo señaló que el referido precedente no es aplicable; y, c) El hecho de tener un proceso anterior, no puede ser utilizado para fundamentar el riesgo procesal del art. 234.8 del CPP, porque vulneraría el derecho a la presunción de inocencia, ya que las denuncias valoradas por los Vocales demandados, son posteriores al hecho imputado.