SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0919/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0919/2019-S1

Fecha: 12-Sep-2019

III.2.

Los antecedentes que generan la presente acción tutelar, describen que el ahora accionante, en el proceso penal que sigue el Ministerio Público a instancia del Banco Fassil S.A. en su contra fue imputado por la presunta comisión del delito de estafa con agravante de víctimas múltiples, habiéndose dispuesto su detención preventiva; luego de varias audiencias de cesación, quedaron subsistentes únicamente los riesgos previstos en los arts. 234.8 y 235.1 del CPP, y sobre la base del razonamiento expuesto en la                      SCP 0001/2019-S2, que -desde su perspectiva- interpretaría los presupuestos de concurrencia del riesgo procesal del art. 234.8 del citado Código, solicitó una nueva audiencia de cesación a la detención preventiva, en la que presentó Certificación de REJAP en sentido de no tener sentencia condenatoria ejecutoriada, con lo cual, la Juez a quo, resolvió dar por enervado dicho riesgo procesal, manteniendo vigente solo el peligro del        art. 235.1 del mencionado Código y aplicando un criterio de favorabilidad, decretó la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva a favor del impetrante de tutela; no obstante, en grado de apelación a instancia del Banco Fassil S.A., la Resolución impugnada fue revocada, disponiendo la subsistencia del art. 234.8 del referido cuerpo normativo, y al estar igualmente vigente el peligro del art. 235.1 del mencionado Código (que no fue objeto de apelación), se dispuso mantener su detención preventiva peticionante de tutela.