Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0934/2019-S1
Fecha: 12-Sep-2019
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El peticionante de tutela a través de su abogado patrocinante se ratificó en los términos expuestos en su memorial de acción de amparo constitucional y ampliándola señaló que dentro del proceso que se siguió en su contra fue suspendido veinticuatro meses sin derecho a indulto, siendo que no puede haber una sanción de esa naturaleza, que se encuentra fuera del contexto constitucional; en cuanto a su solicitud de fotocopias legalizadas, fue recibida por la entidad el 14 de enero de 2019 y no recibió ninguna respuesta a la fecha; por lo que, agotaron todas las vías posibles ya que no existe otra instancia donde acudir.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Del contenido esencial del derecho de petición y de los presupuestos de su tutela
- Consecuentemente, para que la justicia constitucional ingrese al análisis de fondo de la presunta lesión al derecho de petición, es exigible: 1. La existencia de una petición oral o escrita; 2. La falta de respuesta material y en tiempo razonable a la solicitud y 3. La inexistencia de medios de impugnación expresos con el objetivo de hacer efectivo el derecho de petición
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- procédase como corresponde
- respecto a la lesión del derecho a la fundamentación
- CONFIRMAR