SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0951/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0951/2019-S1

Fecha: 12-Sep-2019

III.2.De la normativa aplicable al caso

La Ley de Seguridad Social Militar aprobado mediante Decreto Ley 11901 de 21 de octubre de 1994, en su art. 2 señala: “El objeto de la Seguridad Social Militar es la protección de la salud de los miembros de las Fuerzas Armadas de la Nación, sus esposas, hijos y de todos sus familiares y dependientes; preservar la continuidad de sus medios de subsistencia y de su equilibrio presupuestario cuando se vean afectados por las contingencias sociales y económicas previstas en la presente Ley; dotarles de vivienda compatible con la dignidad humana y; en general promover el mejoramiento permanente de su nivel de vida”.

El art. 23 de la norma precitada señala: “El Gerente General, juntamente con el Presidente, ejercerá la representación legal de la Corporación. Está encargado de la planificación, organización, coordinación, mando y control de todas las actividades de la entidad y de sus departamentos especializados”.