AUTO CONSTITUCIONAL 0017/2020-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0017/2020-RCA

Fecha: 28-Ene-2020

II.3.  Análisis del caso concreto

La accionante, por memorial presentado el 6 de enero de 2020 (fs. 29 y vta.), impugnó la Resolución de 27 de diciembre de 2019, alegando que el art. 33.7 del CPCo, establece que la acción de defensa deberá contener las pruebas que tengan en su poder o señalar el lugar donde se encuentren, en ese sentido, amparada en la misma, indicó que toda la prueba se encuentra en la “…Sala Social 1ra y Administrativa de Cochabamba” (sic), motivo por el cual solicitó se ordene la remisión del expediente.