AUTO CONSTITUCIONAL 0020/2020-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0020/2020-RCA

Fecha: 28-Ene-2020

improcedencia “in límine”

La Sala Constitucional Primera del departamento de Oruro, por Resolución de 30 de diciembre de 2019, cursante de fs. 223 a 224 vta., declaró la improcedencia “in límine” de la acción de amparo constitucional, bajo los siguientes fundamentos: a) La entidad impetrante de tutela persigue a través de este medio de defensa, la nulidad de varios Autos de Vista dictados por los Vocales ahora demandados; b) Revisada la documentación adjunta al memorial de esta acción tutelar y considerando lo vertido en ella, se tiene que la parte accionante no hizo uso del recurso de casación contra los mencionados Autos de Vista, de acuerdo a lo señalado en el art. 270 del Código Procesal Civil (CPC), aplicable al caso por disposición del art. 1 de la Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal (LPCF), lo que significa que al no haber hecho uso oportuno de los recursos de impugnación, no utilizó los medios idóneos para realizar sus reclamaciones ante las autoridades llamadas por ley, de acuerdo a procedimiento; por lo que esa Sala no puede suplir tal negligencia; y, c) Al no haber hecho uso de las vías de reclamación para poder hacer valer sus derechos, la entidad solicitante de tutela consintió y convalidó lo resuelto por las autoridades demandadas; aspectos que impiden ingresar a analizar el fondo de la problemática planteada por operarse la subsidiariedad.