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    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2020-O
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2020-O

    Fecha: 03-Ene-2020

    II.3.

    II.3.  Por Memorándum GAMLP-SMDS-IJ-RRHH 15/2018 de 14 de junio y Certificación de Diligenciamiento de Entrega de Memorándum Notariado de 20 de igual mes y año, consta que se comunicó al impugnante la extinción de su contrato a plazo fijo debido a la inasistencia a su fuente de trabajo por tres días continuos (fs. 747 y 748 vta.).

    • queja por incumplimiento
    • Auto de 14 de junio de 2019
    • no ha lugar
    • J.D.T.L.P./48-VI-CPE/D.S.0495/EVG/27/2017 de reincorporación tras constatar la existencia de un despido injustificado
    • I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • para la etapa de ejecución de fallos, un mecanismo procesal idóneo para la denuncia por incumplimiento de decisiones emergentes de acciones tutelares, destinado a consolidar una real materialización y por ende un efectivo cumplimiento a sentencias constitucionales con calidad de cosa juzgada
    • a)
    • se realizaron por los meses de Enero/2017 a Diciembre/2017 y de Enero/2018 al 9 de Mayo/2018 toda vez que el Instituto de la Juventud actuó de buena fe y en cumplimiento a la referida sentencia constitucional generó el primer Contrato de Trabajo a Plazo Fijo IJ-66 en favor del Sr. Juan Victor Corico Garnica, el cual estaría vigente a partir del 10 de mayo de 2018
    • 2°
    • REVOCAR

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