SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2020-S4

Fecha: 09-Ene-2020

tanto la Norma Suprema como los instrumentos internacionales, protegen a la vida como derecho supremo o primigenio pero también cualquier forma de sufrimiento inhumano, que sea degradante y humillante, obligando al Estado a actuar con diligencia ante la existencia de actos que vulneren el referido derecho”

Ahora bien, con relación al carácter fundamental y primigenio del derecho a la vida, la SCP 0222/2018-S4 de 21 de mayo, luego de describir el marco de protección del citado derecho en el ordenamiento jurídico interno como en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, asumió el siguiente razonamiento: “tanto la Norma Suprema como los instrumentos internacionales, protegen a la vida como derecho supremo o primigenio pero también cualquier forma de sufrimiento inhumano, que sea degradante y humillante, obligando al Estado a actuar con diligencia ante la existencia de actos que vulneren el referido derecho” (las negrillas son nuestras).

           De ello se tiene que, la acción de libertad además de constituir un medio para hacer efectivos los derechos a la libertad personal o de locomoción, también es un mecanismo de protección del derecho a la vida, constituyéndose éste en un derecho fundamental y primigenio que merece una atención prioritaria y pronta ante amenazas, y restricción de las que pueda ser objeto, lo que también es aplicable cuando se ponga en peligro la integridad personal de los individuos, a su vez, íntimamente vinculado con el derecho a la vida.