Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2020-S2
Fecha: 06-Oct-2020
II.1.
II.1. Mediante memorial presentado el 20 de diciembre de 2019, ante la Jueza de Instrucción Penal Primera de la zona Sur de la Capital del departamento de La Paz, el accionante pidió control jurisdiccional, a efectos que el Ministerio Público emita resolución conclusiva en mérito al vencimiento del plazo de duración de la etapa preparatoria; a lo que, dicha autoridad por decreto de 23 del mismo mes y año, determinó se dicte el auto de conminatoria impetrado (fs. 32 a 33).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 5
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- CONFIRMAR