SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2020-S2
Fecha: 06-Oct-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante denuncia la lesión de su derecho a la libertad; puesto que, en la causa penal seguida en su contra, estando vencido el plazo de duración de la etapa preparatoria solicitó en reiteradas oportunidades ante las autoridades demandadas, la emisión de conminatoria a objeto que el Ministerio Público expida requerimiento conclusivo; siendo finalmente a pedido de un tercero emitido el Auto de 8 de enero de 2020; por el que, se conminó a la autoridad fiscal lo impetrado; sin embargo, tal determinación contiene errores e incongruencias en las fechas y datos de su imputación formal que hacen inexistente la referida conminatoria, además de faltar a la verdad procesal porque la fecha de su pronunciamiento no corresponde con los datos del proceso.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 5
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- CONFIRMAR