SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0584/2020-S2
Fecha: 23-Oct-2020
II.3.
II.3. Iniciado el proceso disciplinario administrativo policial contra Alejandro Darío Pizarro, en la audiencia de proceso oral realizada el 21 de marzo de 2018, el encausado planteó la excepción de cosa juzgada por doble juzgamiento, que fue resuelta con carácter previo siendo declarada no ha lugar por el Tribunal Disciplinario Departamental de Tarija (fs. 159 a 160 vta.), que prosiguiendo con el desarrollo de dicho actuado, a su conclusión emitió la Resolución Administrativa del Tribunal Disciplinario Departamental de Tarija 019/2018 de 21 de marzo, absolviéndole de la acusación prevista en el art. 12 inc. 25) de la LRDPB; empero, sancionándole con el retiro temporal de un año de la institución y con pérdida de antigüedad y sin goce de haberes, por la transgresión al art. 13 inc. 6) de la misma Ley “ocasionar por descuido o negligencia, la fuga de arrestados, aprehendidos o detenidos que se encuentran bajo custodia policial” (fs. 13 a 21).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- Fragmento 17