Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0590/2020-S4
Fecha: 16-Oct-2020
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante a través de su representante sin mandato denunció la lesión de sus derechos a la libertad, al debido proceso en sus componentes de impugnación y celeridad, citando al efecto los arts. 115, 178.I y 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); y, 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- II.1.
- Fragmento 8
- III.1. El derecho de impugnación como elemento del debido proceso
- III.2. Recurso de apelación incidental de resoluciones de medidas cautelares
- el recurso de apelación
- debe utilizarse para impugnar los actos del juez que se consideren lesivos al derecho aludido, y no acudir directamente o de manera simultánea a la justicia constitucional
- III.3.
- el Juez a quo, no tiene facultad para admitirlo o rechazarlo
- CONFIRMAR