SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0591/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0591/2020-S2

Fecha: 23-Oct-2020

Fragmento 15

De los datos adjuntos al expediente, se tiene que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el peticionante de tutela, por la presunta comisión del delito de violación de infante, niña, niño o adolescente, a través del Auto Interlocutorio 5/2020, se dispuso la detención preventiva del prenombrado por el plazo de cinco meses, lapso de tiempo que resulta ser el acto vulneratorio acusado vía la presente acción de libertad; contra dicha Resolución, en ese actuado procesal de manera oral el mencionado imputado interpuso recurso de apelación incidental (Conclusión II.1); luego, por Auto de Vista 007/2020 de 16 de enero, se consideró el referido recurso, impugnación que fue argumentada por el impetrante de tutela, cuestionando la imputación formal respecto a ser autor o participe del hecho punible, y los peligros de fuga y de obstaculización. Alzada resuelta por los Vocales demandados mediante el citado Auto de Vista, que confirmó el fallo de primera instancia (Conclusión II.2). Asimismo, de la revisión del Sistema de Gestión Procesal de este Tribunal, se evidencia que el 29 de enero de 2020, Reynaldo Adrián Copa formuló otra anterior acción de libertad contra Rocío Celia Manuel Choque y Reynaldo Freddy Sangueza Ortuño, Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, causa signada con el número de expediente 33091-2020-67-AL, que fue resuelta por la Sala Constitucional Segunda del aludido Tribunal, mediante Resolución 09/2020 de 30 de enero; la cual, denegó la tutela solicitada (Conclusión II.3).