Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0591/2020-S2
Fecha: 23-Oct-2020
II.3.
II.3. De la revisión del Sistema de Gestión Procesal de este Tribunal, se evidencia que el 29 de enero de 2020, Reynaldo Adrián Copa formuló otra anterior acción de libertad contra Rocío Celia Manuel Choque y Reynaldo Freddy Sangueza Ortuño, Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, causa signada con el número de expediente 33091-2020-67-AL, que fue resuelta por la Sala Constitucional Segunda del mismo Tribunal, mediante Resolución 09/2020 de 30 del indicado mes; la cual denegó la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- precisó que no es posible la interposición de acciones tutelares cuando una anterior se encuentra pendiente de resolución
- la jurisdicción constitucional no puede ser usada indiscriminadamente, peor aún cuando ya se ha presentado una acción tutelar y ésta no ha concluido con una resolución firme que se convierta en cosa juzgada constitucional,
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- c)
- CONFIRMAR