SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0615/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0615/2020-S4

Fecha: 20-Oct-2020

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La jurisprudencia constitucional, señala que una vez cumplidas las condiciones impuestas para la procedencia de la suspensión condicional de la pena y de conformidad con el art. 366 del Código de Procedimiento Penal (CPP), la efectivización de la libertad debe ser inexcusable e inmediata, sin que exista dilación alguna.