SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0627/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0627/2020-S1

Fecha: 15-Oct-2020

III.5. Análisis del caso concreto

El peticionante de tutela, denuncia la vulneración de su derecho a la libertad física o de locomoción; toda vez que, se encuentra ilegalmente detenido en el Centro Penitenciario San Pedro de La Paz, ya que, se acogió al beneficio de perdón judicial; empero, el Juez de Instrucción Penal Quinto de El Alto del indicado departamento –ahora demandado– dispuso que una vez notificada la víctima se libre el correspondiente mandamiento de libertad, siendo que la misma señaló como domicilio real “Achocalla Zona Marquirivi” que no es una dirección específica; por lo que, solicita se conceda la tutela, disponiendo se emita y ejecute inmediatamente el mandamiento de libertad.

         De los antecedentes del cuaderno de control jurisdiccional, se evidencia por Certificación del REJAP de 23 de enero de 2020, que Néstor Rafael Alanoca Choque -ahora accionante- no registra antecedente penal referido a sentencia condenatoria ejecutoriada, declaratoria de rebeldía o suspensión condicional del proceso (Conclusión II.1); asimismo, mediante Resolución 61/2020 de 4 de febrero, se benefició con el perdón judicial; ya que, se sometió a la salida alternativa de procedimiento abreviado y se le impuso la pena privativa de libertad de dos años; sin embargo, el citado Juez dispuso que una vez notificada la víctima con la indicada Resolución, recién se libre el correspondiente mandamiento de libertad (Conclusión II.2), siendo que la misma señaló como domicilio real “Achocalla Zona Marquirivi”, que no es una dirección específica para que se cumpla con la mencionada notificación, conforme refiere el propio solicitante de tutela y no fue negado por la autoridad demandada.