SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0646/2020-S3
Fecha: 15-Oct-2020
II.1.
II.1. A través del memorial presentado el 9 de enero de 2020, por Marisabel Coaquira Rodríguez, Fiscal de Materia, ante el Juzgado de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer de turno de la Capital del departamento de La Paz, comunicó el inicio de investigaciones contra Alejandro Rafael Pinochet García, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, previsto y sancionado en el art. 272 bis del CP, solicitando la aplicación de medidas de protección especial en favor de la víctima Noor Mervet Batbazat Sabbagh -hoy accionante-, de conformidad a los arts. 32 y 35 de la Ley 348, en concordancia con el art. 389 bis del CPP modificado por el art. 14 de la Ley 1173 (fs. 13).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades accionadas
- i)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. El incumplimiento de las medidas de protección especial de las víctimas de violencia hacia la mujer
- interrumpir e impedir un hecho de violencia contra las mujeres, o garantizar, en caso de que éste se haya consumado, que se realice la investigación, procesamiento y sanción correspondiente.
- …son de aplicación inmediata, que impone la autoridad competente para salvaguardar la vida, la integridad física, psicológica, sexual, derechos patrimoniales, económicos y laborales de las mujeres en situación de violencia y los de sus dependientes
- 4)
- En caso de incumplimiento de las medidas de protección especial, impuestas por la jueza o el juez, a efecto de hacer efectivo el resguardo de los derechos de la vida, integridad física o psicológica de las víctimas, de oficio o a solicitud del fiscal, la víctima
- Fragmento 19
- Con relación al Juez de Instrucción Penal Primero de la Capital del departamento de La Paz
- Fragmento 21
- III.5. Sobre la actuación del Juez de garantías
- CONFIRMAR en parte