SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0659/2020-s3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0659/2020-s3

Fecha: 09-Oct-2020

i)

Delimitado el objeto procesal de la presente demanda constitucional, en atención a la naturaleza de la problemática planteada y la pretensión deducida por el accionante, resulta pertinente precisar que si bien la acción de libertad contempla en su ámbito de protección el debido proceso; sin embargo, para que este Tribunal ingrese al análisis de fondo de los reclamos expresados por el prenombrado y que a su criterio lesionan sus derechos fundamentales, deben concurrir simultáneamente los dos presupuestos señalados por la jurisprudencia que se encuentran reiterados en el Fundamento Jurídico III.1 de este fallo constitucional, cuales son: i) Que el hecho denunciado de lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, esté directamente vinculado con la libertad del solicitante de tutela por operar como causa inmediata de su amenaza o restricción; y, ii) Quien acude a la jurisdicción constitucional se encuentre en absoluto estado de indefensión, ello como emergencia de que no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso que se sigue en su contra, o debido a que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad.