SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0696/2020-S3
Fecha: 28-Oct-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus elementos de “conclusión del proceso dentro de un plazo razonable”, motivación, congruencia, legalidad y celeridad; al acceso a una justicia pronta y oportuna; y, a la tutela judicial efectiva; puesto que el Juez ahora accionado incurriendo en actos dilatorios, sin considerar la fase en la que se encontraba el proceso penal de referencia, por decreto de 31 de julio de 2019 suspendió la audiencia de juicio oral fijada para esa fecha, porque se encontraba pendiente de resolución el recurso de apelación incidental planteado por el hoy tercero interesado contra el Auto de 21 de mayo de igual año, que declaró la improcedencia de su excepción de extinción de la acción penal por prescripción.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- 1)
- Fragmento 4
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- verificar si en esa labor no se han quebrantado los principios constitucionales informadores del ordenamiento jurídico
- cuando una actuación judicial contiene una decisión arbitraria, con evidente repercusión en el proceso, en perjuicio de los derechos fundamentales de una de las partes, pueden ser susceptibles de controversia en sede de tutela
- a menos que pueda constatarse una arbitrariedad
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- REVOCAR