SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0696/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0696/2020-S3

Fecha: 28-Oct-2020

III.2.  Análisis del caso concreto

El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus elementos de “conclusión del proceso dentro de un plazo razonable”, motivación, congruencia, legalidad y celeridad; al acceso a una justicia pronta y oportuna; y, a la tutela judicial efectiva; puesto que el Juez ahora accionado incurriendo en actos dilatorios, sin considerar la fase en la que se encontraba el proceso penal de referencia, por decreto de 31 de julio de 2019 suspendió la audiencia de juicio oral fijada para esa fecha, porque se encontraba pendiente de resolución el recurso de apelación incidental planteado por el hoy tercero interesado contra el Auto de 21 de mayo de igual año, que declaró la improcedencia de su excepción de extinción de la acción penal por prescripción.

De la revisión de antecedentes, se advierte que mediante memorial presentado el 10 de mayo de 2019, el ahora tercero interesado -imputado en el proceso penal del cual deviene esta acción tutelar- interpuso excepción de extinción de la acción penal por prescripción; mereciendo el proveído de 14 de igual mes y año, por el que el Juez hoy accionado corrió en traslado a la contraparte para que en el plazo de tres días conteste y acompañe prueba a fin de proveer lo que corresponda (Conclusión II.1.). En efecto, se tiene que el accionante a través del memorial de 17 de ese mes y año, absolvió dicho traslado (Conclusión II.2.); y por Auto de 21 del mismo mes y año, el mencionado Juez declaró la improcedencia de la referida excepción (Conclusión II.3.).