AUTO CONSTITUCIONAL 0233/2020-CA
Fecha: 12-Nov-2020
rechazó
Por Resolución TSE-RSP-JUR 082/2020 de 21 de octubre, cursante de fs. 25 a 30, la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral, rechazó promover la acción de inconstitucionalidad concreta, fundamentando que: a) La pretensión de los solicitantes en señalar que de esas normas depende el resultado del procedimiento administrativo de aprobación del Estatuto de AIOC Kereimba Iyaambae, como lo autoriza la Resolución RSP-ADM 183/2020 de 10 de julio, emitida por el Tribunal Supremo Electoral, es errónea configurando dicha petición en improcedente; y, b) La intervención de dicho Tribunal Supremo Electoral, no se constituye en una decisión final de un proceso administrativo o que de dicha intervención emerja un acto administrativo definitorio respecto a esa etapa constitutiva; sino que se trata de una actividad de supervisión y acompañamiento de la aprobación de un Estatuto Indígena Originario Campesino, no debiendo de emitirse una resolución o decisión de fondo que dependa de la constitucionalidad de las normas cuestionadas de inconstitucionales y su previsible aplicación en una decisión final a ser pronunciada.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo procesal constitucional
- el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
- fundamentación exigida en el art. 24.I.4 del CPCo, cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción, conforme estipula el art. 27.II. inc. c) del mismo Código
- es imprescindible que la autoridad
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- II.4. Análisis del caso concreto
- no puede ser activada para cuestionar la constitucionalidad de instrumentos administrativos, emitidos para la resolución de casos particulares,
- RATIFICAR