AUTO CONSTITUCIONAL 0244/2020-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0244/2020-CA

Fecha: 23-Nov-2020

Autoridad Sumariante del Ministerio Público de Chuquisaca y Potosí en suplencia legal

En consulta la Resolución de 5 de noviembre de 2020, cursante de fs. 35 a 36 vta., pronunciada por la Autoridad Sumariante del Ministerio Público de Chuquisaca y Potosí en suplencia legal, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Irene Juana Ramírez Padilla, demandando la inconstitucionalidad del art. 64 inc. c) del Reglamento de Régimen Disciplinario aprobado mediante Resolución FGE/RJGP 019/2013 de 12 de abril, en el texto: “…no admite incidentes o excepciones, excepto las de prescripción, cosa juzgada e incompetencia…”, por ser presuntamente contrario a los arts. 8.II, 9, 13, 14.II, 115.II, 116.I, 117.I, 119.II, 120.I, 178.I y 256 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).