SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0646/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0646/2020-S2

Fecha: 09-Nov-2020

ii)

ii)  Considerando que las fechas en que se produjeron los hechos generadores (Resolución Determinativa de la gestión 2007), estaba vigente el Código Tributario Boliviano -Ley 2492 de 2 de agosto de 2003-correspondía que se aplique el art. 59.III del mismo que señala: “El término para ejecutar las sanciones por contravenciones tributarias prescribe a los dos años”, concordante con el art. 60.III del indicado Código, por lo que, solo podía ser ejecutada dentro de los dos años siguientes, esto es, hasta el 31 de diciembre de 2013 inclusive, y no así aplicar la norma vigente al momento de ocurrida la supuesta contravención de omisión de pago;