SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0657/2020-S2
Fecha: 12-Nov-2020
denegó
La Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Resolución 011/2020 de 17 de enero, cursante de fs. 89 a 91, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) El accionante tuvo conocimiento de recurrir ante la autoridad jurisdiccional en materia de trabajo y seguridad social, conforme al Informe MTEPS-JDT LP-JRTEA-MVHM-0915-INF/19, emitido por el Inspector de la Jefatura Regional de Trabajo El Alto; sin embargo, no acudió a la misma; y, ii) Siendo esa la vía, para darse curso a la medida precautoria solicitada -de dejarse sin efecto el Memorándum CITE: DAB/GG M – 449/2019-, por mandato del art. 43 del Código Procesal del Trabajo (CPT); y, que el peticionante de tutela seguía prestando funciones en la institución demandada, aunque en otra repartición.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- traslado a otro asiento laboral
- ante el incumplimiento de una conminatoria de reincorporación laboral se hace viable la tutela constitucional mediante esta acción de defensa
- rotación a otro asiento laboral
- conminatorias de reincorporación
- traslado de la sede de sus funciones
- cambio del lugar del trabajo
- Conminatoria
- cambio de residencia laboral
- rotación
- cambiando el lugar de prestación
- 3º Se EXHORTA
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- Fragmento 26
- Fragmento 27
- CONFIRMAR