SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0657/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0657/2020-S2

Fecha: 12-Nov-2020

Fragmento 26

Toda vez que, si el solicitante de tutela consideraba vulnerados sus derechos al trabajo y a la estabilidad laboral, y como consecuencia de ello, hubiera sido objeto de un despido indirecto; le correspondía activar el procedimiento administrativo sumarísimo ante el señalado ente gubernamental, siguiendo el trámite previsto por el referido Decreto Supremo; es decir, hasta que la indicada instancia notifique al empleador con la conminatoria de reincorporación y solo en caso de persistir la mencionada desvinculación laboral, recién interponer la acción de defensa; sin embargo, contra el Memorándum CITE: DAB/GG M – 449/2019, se limitó a solicitar a la Jefatura Regional de Trabajo El Alto que mediante esa institución sea restituido a su puesto de trabajo; concluyendo dicha instancia administrativa, que ante la negativa de la aludida Empresa en restablecer al accionante a su lugar de empleo, este deba recurrir a la vía judicial; consiguientemente, no existe evidencia que la denuncia administrativa laboral formulada por el prenombrado hubiera culminado con la emisión de la referida intimación de restitución, de tal forma que no se consiguió la diligencia que la citada norma exige con carácter previo a plantear este mecanismo constitucional; por lo que, en aplicación de la jurisprudencia glosada precedentemente no corresponde ingresar al análisis del fondo de la problemática que expone la presente acción tutelar.