SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0662/2020-S4
Fecha: 04-Nov-2020
Fragmento 14
En el caso de examen, el accionante denuncia que las autoridades demandadas lesionaron el debido proceso en sus componentes de fundamentación, motivación, congruencia y pertinencia de las resoluciones, así como sus derechos a la valoración razonable de la prueba y a la igualdad; por cuanto el Tribunal de apelación no se pronunció sobre la denuncia de falta de fundamentación, motivación y congruencia del fallo emitido por la Jueza disciplinaria, en cuanto al hecho acusado y los fundamentos de la resolución; por otra parte, se apartó de los agravios expuestos en el recurso de apelación, ingresando a valorar el acta del Técnico de Control y Fiscalización del Consejo de la Magistratura, cuando esa labor le concernía a la Jueza de primera instancia; no obstante ello, la valoración realizada sobre dicha prueba tampoco fue objetiva y coherente; y, finalmente, al establecerse en apelación del proceso disciplinario, que la Sentencia penal no se encontraba redactada e imponerse la sanción solo a su persona y no así a los otros dos jueces coprocesados, que también fueron parte del Tribunal de sentencia, se vulneraría el principio de igualdad y no discriminación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y resolución dela Sala Constitucional
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones y el principio de congruencia como elementos del debido proceso
- III.2. La revisión en sede constitucional sobre la valoración de la prueba realizada en procesos judiciales o administrativos
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR