SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0688/2020-S4
Fecha: 10-Nov-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante consideró lesionados sus derechos al debido proceso en sus elementos fundamentación, motivación y congruencia y a la igualdad; toda vez que, las autoridades demandadas no fundamentaron el por qué consideraron que, respecto a las causales de interrupción del término de prescripción insertas en el art. 54 de la Ley 1340, no admiten interpretaciones extensivas, señalando que no existe vacío alguno en dicho precepto legal, sin sustentar esta nueva interpretación y cambio de línea del Tribunal Supremo de Justicia; puesto que en la Ley 1340, existe un vacío jurídico evidente respecto al cómputo del plazo de prescripción para la etapa de ejecución tributaria, cuando la obligación tributaria quedó determinada y firme; siendo aplicable por analogía y subsidiariedad previstas en los arts. 6 y 7 de la señalada Ley, las previsiones de los arts. 1492 y 1493 del CC, respecto al instituto de la prescripción.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- explicará de manera clara y sustentada en derecho, los motivos que lo llevaron a tomar una decisión; argumentación que deberá seguir un orden coherente respecto a los hechos demandados y exponer con puntualidad los elementos jurídico-legales que determinaron su posición
- Fragmento 15
- El principio de congruencia, responde a la pretensión jurídica o la expresión de agravios formulada por las partes; la falta de relación entre lo solicitado y lo resuelto, contradice el principio procesal de congruencia, la resolución de primera y/o segunda instancia, debe responder a la petición de las partes y de la expresión de agravios, constituyendo la pretensión jurídica de primera y/o segunda instancia
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR