SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0698/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0698/2020-S4

Fecha: 10-Nov-2020

III.3.  Análisis del caso concreto

La accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus elementos fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones judiciales e interpretación de la norma agroambiental; toda vez que, cuestionando el proceso de saneamiento del predio “Cotoca”, interpuso demanda contencioso administrativa, ante las Magistradas demandadas, quienes emitieron la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1ª 059/2019, que es carente de fundamentación y motivación, y evade pronunciarse en relación a todos los extremos de la demanda e interpreta erradamente la norma agroambiental.

Planteado como está el problema jurídico, de la revisión de los antecedentes que informan la causa, especialmente de lo descrito en las Conclusiones del presente fallo constitucional; se tiene que, a la conclusión del proceso de saneamiento Integrado al Catastro Legal (CAT-SAN), respecto al polígono  20, del predio “Cotoca”, seguido por Delia Velarde Rodríguez de Jaime, ahora accionante, con una superficie de 969.2765 ha, clasificado como mediana propiedad con actividad ganadera, ubicado en los municipios de Santa Rosa y Exaltación, provincia General José Ballivian y Yacuma del departamento de Beni, la Directora Nacional a.i. del INRA, emitió la RA RA - CS 0183/2017, que determinó se proceda a la otorgación del Título Ejecutorial Individual, en favor de la beneficiaria, declarando Tierra Fiscal, la superficie de 1575.4037 ha, de la que se determinó el desalojo de la ahora accionante, en el plazo de tres días hábiles de su ejecutoria.

Ante tal determinación, la accionante presentó demandada contenciosa administrativa, a cuya conclusión las Magistradas demandadas de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental, pronunciaron la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1ª 059/2019, que declaró improbada la demanda y subsistente la RA RA-CS 0183/2017; determinación que la accionante considera lesiva a sus derechos reclamados y pretende se deje sin efecto a través de la presente acción tutelar.

En ese contexto, a objeto de dilucidar el reclamo de vulneración del debido proceso en su elemento de fundamentación, motivación y congruencia, corresponde referir los aspectos reclamados en la demanda contencioso administrativa interpuesta por la impetrante de tutela el 15 de junio de 2018, ante el Tribunal Agroambiental, de cuya lectura se tiene que reclamó: