Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0706/2020-S3
Fecha: 03-Nov-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al acceso a una justicia pronta y sin dilaciones, y al debido proceso en su elemento de celeridad; en razón que el 16 de octubre de 2018 planteó recurso de revisión de sentencia condenatoria ejecutoriada ante los Magistrados ahora accionados, solicitando la revisión extraordinaria de la Sentencia 10/2016 de 5 de abril, que fue admitido por AS 108/2018 de 30 de octubre; empero, hasta la fecha de interposición de la presente acción de libertad no se emitió la respectiva resolución, ocasionando una excesiva dilación.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades accionadas
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- Respecto al primer presupuesto
- En cuanto al
- CONFIRMAR