SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0706/2020-S3
Fecha: 03-Nov-2020
Respecto al primer presupuesto
Respecto al primer presupuesto, de acuerdo con la problemática planteada en la presente acción de defensa, se advierte que el accionante denuncia que el 16 de octubre de 2018 solicitó revisión extraordinaria de la Sentencia 10/2016 ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, siendo admitida por AS 108/2018; empero, hasta la fecha de interposición de esta acción de libertad no se pronunció la respectiva resolución, provocando una dilación indebida, razón por la cual considera la vulneración de sus derechos. Sin embargo, el accionante no tomó en cuenta que el hecho denunciado no guarda relación directa con su derecho a la libertad, ya que no constituye la causa directa de la restricción de ese derecho, toda vez que a partir de los antecedentes cursantes en obrados y de lo referido por el propio accionante, se tiene que el accionante viene cumpliendo una sentencia condenatoria ejecutoriada de veinte años de privación de libertad por la comisión del delito de violación agravada, por lo que el resultado de dicha revisión de por sí no modificará de forma inmediata la situación jurídica del accionante, por lo que no se tiene cumplido el indicado presupuesto de procedencia para que mediante esta acción de libertad pueda considerar la denuncia planteada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades accionadas
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- Respecto al primer presupuesto
- En cuanto al
- CONFIRMAR