Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0725/2020-S4
Fecha: 12-Nov-2020
II.13.
II.13. La señalada instancia laboral mediante decreto de 28 de noviembre de 2019, contestó al memorial de 25 del citado mes y año presentado por la impetrante de tutela “…por que la aclaración o complementación de la norma que genera la controversia ya fue referida con anterioridad, por lo que es improcedente atender algo ya explicado.” (sic) (fs. 48).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Marco normativo sobre i
- III.2. Análisis del caso concreto
- El Estado Plurinacional de Bolivia garantizará la inamovilidad laboral a las personas con discapacidad, cónyuges, padres, madres y/o tutores de hijos con discapacidad, siempre y cuando cumplan con la normativa vigente y no existan causales que justifiquen debidamente su despido
- REVOCAR