Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0740/2020-S3
Fecha: 12-Nov-2020
Fragmento 7
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad, al debido proceso, a la defensa, a la “congruencia” y a la presunción de inocencia; en razón que el 28 de junio de 2019, el Director del Centro Penitenciario San Pedro de La Paz recepcionó el mandamiento de detención domiciliaria con custodio policial -dispuesto en su favor- emitido por el Tribunal de Sentencia Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de La Paz, el cual hasta la fecha de interposición de esta acción tutelar no fue ejecutado.
- NO CUENTA CON PERSONAL SUFICIENTE
- Fragmento 2
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- concedió
- Fragmento 7
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- Fragmento 9
- estableció que el cumplimiento de la aplicación de la medida sustitutiva de detención domiciliaria por parte de una autoridad policial, no debe justificarse por falta de personal; entendiendo que el ejercicio de los derechos no puede supeditarse a la disponibilidad de recursos económicos ni materiales del Estado;