SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0759/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0759/2020-S4

Fecha: 26-Nov-2020

I. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El impetrante de tutela consideró lesionado su derecho al debido proceso en sus elementos, fundamentación, motivación, congruencia y valoración razonable de la prueba; toda vez que, dentro del proceso laboral de cobro de beneficios sociales que instauró contra la ONG “Proagro”, los Magistrados hoy demandados, casaron en parte la resolución de segunda instancia, incurriendo en incongruencia interna y sin motivar ni fundamentar debidamente su decisión, limitándose al análisis del finiquito y un supuesto recibo por los beneficios sociales que hubiese firmado, omitiendo apreciar en forma concreta y explícita todos los medios probatorios producidos, como la testifical de cargo y la confesión provocada del demandante; asimismo, de manera arbitraria e irracional, valoraron el mencionado recibo que fue objetado respecto a su legitimidad y veracidad, obviando el mandato constitucional de aplicación de la verdad material, más aún cuando por mandato del art. 48.III de la CPE, no se permite la compensación de beneficios sociales, razón por la que dicha convención no surte efecto, máxime si se considera que el referido recibo fue objetado en el curso del proceso; en tal sentido alude, debió efectuarse la valoración probatoria en el marco de la equidad y razonabilidad, en forma acorde a los principios propios de la materia laboral, de proteccionismo, in dubio pro operario, primacía de la realidad, verdad material, inversión de la prueba y libre apreciación de la prueba.