SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0795/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0795/2020-S3

Fecha: 04-Nov-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de robo agravado, se encuentra cumpliendo detención preventiva; por lo que, el 14 de febrero de 2020, se llevó a cabo audiencia de cesación de la extrema medida ante la Jueza de Instrucción Penal Tercera de El Alto del departamento de La Paz -hoy accionada-, habiendo en dicho acto procesal interpuesto apelación incidental, de conformidad a lo establecido en el art. “405” del Código de Procedimiento Penal (CPP), que establece que una vez interpuesta la apelación, el juez remitirá los actuados al superior en grado, dentro del plazo de veinticuatro horas; sin embargo, dicho plazo fue incumplido por la autoridad judicial accionada, quien recién el 17 de marzo de 2020, envió antecedentes a la Sala Penal de turno.

Señala que, a partir del 21 del citado mes y año, a consecuencia de la pandemia por el COVID19, se determinó cuarentena rígida en todo el país, debido a ello el Tribunal Supremo de Justicia emitió la Circular 063/2020, que ordena a todos los jueces y vocales, la atención y resolución de manera excepcional de todas las solicitudes vinculadas con el derecho a la libertad de las personas; sin embargo, hasta la fecha su situación jurídica no fue resuelta, debido a que el Tribunal de alzada al que se remitió su apelación, el 17 de abril del citado año, devolvió los antecedentes a la Jueza accionada, al existir observaciones en el legajo de apelación, y lamentablemente desde esa fecha, la citada autoridad no cumplió con subsanar las referidas observaciones y no remitió los antecedentes a la Sala Penal correspondiente a efecto de resolverse su impugnación; no obstante de encontrarse, en cuarentena flexible, incumpliendo el principio de celeridad que rige la administración de justicia; además, de existir acusación formal que tampoco ha sido remitida para su debido sorteo.