SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0795/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0795/2020-S3

Fecha: 04-Nov-2020

II.3.

II.3.    Consta informe de 12 de junio de 2020, emitida por Martha Condori Tapia, Auxiliar del Juzgado de Instrucción Penal Tercero de El Alto del departamento de La Paz, dirigido a la Jueza accionada, refirió que: 1) El 17 de abril de 2020, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, devolvió la apelación incidental del presente caso, al existir observaciones al legajo incidental, subsanadas las mismas, el 23 de igual mes y año, se remitió la apelación a la Sala Penal de turno, donde no quisieron recibir los actuados, señalando que la causa ya tendría un Tribunal de alzada, que es la Sala Penal Primera del dicho Tribunal, basándose en la Circular 13/2020 de 20 de abril; y, 2) Habiendo retomado las actividades el 10 de junio de 2020, se constituyó a la Sala Penal Primera del Tribunal supra citado, Tribunal que se encontraba cerrado y no estaban atendiendo, debido a que realizan turnos, el 12 del citado mes y año, volvió al indicado Tribunal de alzada, tomando contacto con la Auxiliar de dicha Sala, quien le indicó que atenderían “…la próxima semana ya que estarían por turnos y esta semana estaría de Turno Sala Penal Segunda de Ciudad de La Paz donde ellos señalan que la apelación ya tendría origen que sería la Sala Penal Primera…” (sic).