SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0800/2020-S3
Fecha: 27-Nov-2020
Fragmento 4
Con relación a la probabilidad de autoría -previsto en el art. 233.1 del CPP-, la Vocal ahora accionada en el Auto de Vista 109/2020, confirmó la Resolución apelada, limitándose a señalar que los Decretos Supremos (DDSS) 4174 de 4 de marzo, 4179 de 12 de marzo y 4192 de 16 de marzo, todos de 2020, así como un oficio presentado por “el Mayor Oliver Herrera”, el acta de recepción de indicios materiales, la ficha de información emitida por el “Sgto. Quispe” y la declaración informativa de Javier Gutiérrez Verastegui -apoderado del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda-, constituyen indicios de la existencia del hecho punible y la probabilidad de autoría de los mencionados delitos imputados, replicando lo transcrito en la Resolución apelada sin revisar los actuados pertinentes, ni los fundamentos expuestos por su abogado defensor, vulnerando su derecho al debido proceso en su elemento de fundamentación.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.1
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 15
- III.1. Activación simultánea de acciones de libertad en la jurisdicción constitucional con
- precisó que no es posible la interposición de acciones tutelares cuando una anterior se encuentra pendiente de resolución
- ‘la
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte