SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0800/2020-S3
Fecha: 27-Nov-2020
II.3.
II.3. De la revisión del Sistema de Gestión Procesal del Tribunal Constitucional Plurinacional, se tiene el registro del expediente 34127-2020-69-AL concerniente a la acción de libertad interpuesta por Mario Adán Flores Dávila en representación sin mandato del accionante contra la Vocal y la Jueza hoy accionadas, mediante la cual solicitó se conceda la tutela y se dejen sin efecto las Resoluciones “155/2020” -lo correcto es 115/2020- de 8 de abril y 109/2020 de 15 de abril, que fue denegada por Resolución 041/2020 de 28 de abril pronunciada por la Sala Constitucional Tercera de dicho Tribunal (fs. 20 a 22) con fecha de ingreso ante el Tribunal Constitucional Plurinacional el 8 de julio de 2020 a las 11:00 horas, sorteado a Magistrado (a) Relator (a) para su resolución el 3 de noviembre del mismo año.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.1
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 15
- III.1. Activación simultánea de acciones de libertad en la jurisdicción constitucional con
- precisó que no es posible la interposición de acciones tutelares cuando una anterior se encuentra pendiente de resolución
- ‘la
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte