SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0802/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0802/2020-S3

Fecha: 27-Nov-2020

a)

Solicita se conceda la tutela, y en consecuencia: a) Se anule el Auto de Vista 069/2020 de 13 de febrero; b) Se ordene al Vocal ahora accionado que dentro del plazo de cuarenta y ocho horas dicte una nueva resolución debidamente motivada y fundamentada, obedeciendo a la jurisprudencia constitucional vinculante y subsanando las observaciones señaladas. Al no concurrir el riesgo procesal previsto en el art. 235.1 y 2 del CPP, se ordene al referido Vocal hoy accionado, disponga una medida cautelar menos gravosa que la detención preventiva a su favor, conforme a lo establecido por el art. 231 bis del CPP; y, c) De conformidad a lo previsto por el art. 39.I y II del Código Procesal Constitucional (CPCo), -se disponga- la reparación de daños y perjuicios, así como las costas procesales, teniendo en cuenta que se encuentra detenido preventivamente en el Centro Penitenciario San Pedro de La Paz.