Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0818/2020-S3
Fecha: 27-Nov-2020
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 7 de junio de 2019, el accionante impugnó -lo correcto es objetó- la Resolución Fiscal de Rechazo de Denuncia y Actuaciones Policiales de 14 de diciembre de 2018, solicitando su revocatoria y se ordene la emisión de la imputación formal conforme al art. 302 del CPP (fs. 555 a 558).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la congruencia
- responde a la pretensión jurídica o la expresión de agravios formulada por las partes; la falta de relación entre lo solicitado y lo resuelto, contradice el principio procesal de congruencia, la resolución de primera y/o segunda instancia, debe responder a la petición de las partes y de la expresión de agravios, constituyendo la pretensión jurídica de primera y/o segunda instancia
- III.2. Análisis del caso concreto
- Irregularidad en la actuación de Renzo Estévez Saldaña, Fiscal de Materia
- CONFIRMAR