Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0839/2020-s3
Fecha: 30-Nov-2020
i)
Por otra parte, en audiencia ratificándose en el tenor de su informe escrito, ante las consultas realizadas por el Tribunal de garantías, manifestó que: i) La negativa de realizar la audiencia se debió a la existencia de la Circular TSJ-11/2020 y por la rotunda oposición del Ministerio Público, la parte querellante y la DNA, para efectuar dicho actuado; y, ii) No tiene conocimiento de la Circular 13/2020 de 15 de mayo, emitida por el Tribunal Supremo de Justicia.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- 1.-
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- trata de un mecanismo de defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo y reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares; así como a la vida, cuando esté en peligro
- Acto y omisión que constituya procesamiento indebido
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- REVOCAR en parte