SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0839/2020-s3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0839/2020-s3

Fecha: 30-Nov-2020

II.2.

II.2.  Cursa Circular 06/2020 de 6 de abril, emitida por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual, debido al estado de emergencia sanitaria por la pandemia mundial por COVID-19, dicho Órgano, entre otros aspectos, determinó que: “2.- Los Jueces y Vocales de los Tribunales Departamentales de Justicia, dentro de los límites de sus atribuciones y competencias, deben atender y resolver las solicitudes de imposición, modificación o cesación de medidas cautelares de carácter personal, así como las cuestiones colaterales como fianzas, garantías, ETC., todo ello vinculado exclusivamente al derecho de libertad de locomoción, libertad de las personas, tomen en cuenta la aplicación de criterios de interpretación progresivos, proporcionales, favorables y reforzados, atendiendo las circunstancias especiales de emergencia sanitaria nacional e internacional en la que vivimos y el estado de Cuarentena decretado, que limita el derecho de libre tránsito y el derecho de locomoción. (…) 7.- Forman parte de la presente Circular, el Protocolo de actuación de audiencias virtuales en el Órgano Judicial y la Guía de Manejo de Plataforma de Video Conferencia Blackboard” (sic [fs. 8 a 10]).