SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0851/2020-S3
Fecha: 12-Nov-2020
el Tribunal de garantías no mencionó el informe que realizó la Jefa Departamental de Trabajo de La Paz, quien precisamente hizo referencia a la RM 1026/19 de 18 de octubre de 2019, que dispuso revocar totalmente la RA 310-19 como la Conminatoria J.D.T.L.P./D.S. 0495/ 061/2019
De lo anteriormente desarrollado, se advierte que el Tribunal de garantías no mencionó el informe que realizó la Jefa Departamental de Trabajo de La Paz, quien precisamente hizo referencia a la
RM 1026/19 de 18 de octubre de 2019, que dispuso revocar totalmente la RA 310-19 como la Conminatoria J.D.T.L.P./D.S. 0495/ 061/2019, acto que determina la desaparición de los supuestos fácticos que motivaron la activación de la jurisdicción constitucional dentro del presente caso, ya que la conminatoria, de la cual se exige su cumplimiento fue revocada; correspondiendo aplicar la jurisprudencia desarrollada en el Fundamento Jurídico III.1 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, y denegar la tutela impetrada, ya que esta instancia constitucional no puede pronunciarse sobre el cumplimiento de una resolución que ya no existe, perdiéndose el objeto procesal de esta acción tutelar.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- i)
- conceder en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 12
- III.1. La sustracción o pérdida del objeto procesal en la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- revocar totalmente la Conminatoria J.D.T.L.P./D.S. 0495/ 061/2019, así como la referida RA 310-19, ambos actos administrativos emitidos por la Jefatura Departamental de
- el Tribunal de garantías no mencionó el informe que realizó la Jefa Departamental de Trabajo de La Paz, quien precisamente hizo referencia a la RM 1026/19 de 18 de octubre de 2019, que dispuso revocar totalmente la RA 310-19 como la Conminatoria J.D.T.L.P./D.S. 0495/ 061/2019
- REVOCAR en parte