Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0851/2020-S3
Fecha: 12-Nov-2020
II.3.
II.3. El 20 de abril de 2019, Jaime Ocampo Montan en representación de la Empresa LAFAR S.A. -ahora accionado-, interpuso recurso de revocatoria contra la Conminatoria J.D.T.L.P./D.S. 0495/ 061/2019, solicitando la revocatoria total del acto administrativo impugnado, en mérito a que la impetrante de tutela, fue desvinculada de su fuente laboral por una serie de actos que se encuentran previstas en el art. 16 inc. e) y h) de la LGT; ante ello, la Jefatura Departamental de Trabajo de La Paz, emitió la
RA 310-19 de 27 de mayo de 2019, por el cual, se determinó confirmar dicha Conminatoria; y en consecuencia, rechazó el recurso de revocatoria planteado (fs. 280 a 283 y de 285 a 292 vta.).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- i)
- conceder en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 12
- III.1. La sustracción o pérdida del objeto procesal en la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- revocar totalmente la Conminatoria J.D.T.L.P./D.S. 0495/ 061/2019, así como la referida RA 310-19, ambos actos administrativos emitidos por la Jefatura Departamental de
- el Tribunal de garantías no mencionó el informe que realizó la Jefa Departamental de Trabajo de La Paz, quien precisamente hizo referencia a la RM 1026/19 de 18 de octubre de 2019, que dispuso revocar totalmente la RA 310-19 como la Conminatoria J.D.T.L.P./D.S. 0495/ 061/2019
- REVOCAR en parte