Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0869/2020-S3
Fecha: 30-Nov-2020
II.2.
II.2. Por memorial de 9 de mayo de 2007, Rosario Claure Justiniano, Gerente Departamental Santa Cruz de la entonces Contraloría General de la República, interpuso demanda coactiva fiscal contra Joaquín Raschid Guardia Taja, representante legal de la agrupación ciudadana “MACA”, en base a la Resolución 135/2006 de 15 de julio, emitida por la entonces Corte Nacional Electoral, por la suma de Bs102 785,59 (fs. 10 a 11 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el principio de subsidiariedad en las acciones de amparo constitucional
- por lo tanto, cuando hay otros recursos expeditos, éstos deben ser utilizados primero y sólo se concederá el Amparo Constitucional cuando aquéllos resultaren ineficaces para la defensa de los derechos, o cuando se lo conceda como protección inmediata para evitar un daño irreparable’.
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.2.
- el 5 de junio de 2019
- Fragmento 18